Pedro Sánchez en rueda de prensa tras reunirse con el Presidente de la Generalitat de Cataluyna, Pere Aragonés, el 21/12/2023. Fuente: Europa Press.

Algunas leyes pasan desapercibido y entran en vigencia con poco conocimiento. Otras centralizan la vida pública en torno a ellas. La ley de amnistía entra en esta segunda categoría y es por eso que hay que verla detalle a detalle. En letra chica, te simplificamos el contenido de la ley y sus detalles.

¿Quiénes pueden ser sujetos de amnistía?

Aquellas personas que realizaron actos “en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieran sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023”. Y las personas que hayan cometido actos en este período de tiempo “aunque no se encuentren directamente relacionadas con estas consultas o incluso hayan sido realizadas con posterioridad a su respectiva celebración” con: 

  • “…la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña… ”
  • “… la intención de convocar, promover o procurar la celebración de consultas que tuvieron lugar en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017…”
  • “… desobediencia, (…), desórdenes públicos, atentado contra la autoridad o resistencia(…)con el propósito de de permitir la celebración de las consultas populares …” o “… con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos y fines descritos en las letras precedentes o a los encausados o condenados por la ejecución de cualesquiera delitos comprendidos en este artículo.”
  • “… desconsideración o crítica vertidos contra la autoridades y funcionarios públicos, los entes e instituciones públicas (…) en el curso de manifestaciones, asambleas, obras o actividades artísticas u otras de similar naturaleza que tuvieran como objeto reivindicar la independencia de Cataluña…”
  • “Acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización de los actos determinantes de responsabilidad penal o administrativa.”
  • “Actos cometidos con el propósito de favorecer, procurar o facilitar cualesquiera de las acciones determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable.”

Quedan expresamente fuera de la amnistía aquellos que hayan cometido:

  • Delitos dolosos de muerte, aborto, lesión fetal, inutilidad de un órgano o miembro, impotencia y/o esterilidad.
  • Delito de tortura, tratos inhumanos o degradantes.
  • Delitos de terrorismo1.
  • Delitos de traición, contra la paz e independencia del Estado (independencia en el manejo de relaciones exteriores con otros Estados).
  • Delitos de discriminación.
  • Delitos que afecten los intereses financieros de la Unión Europea.

¿Cuáles son los beneficios para aquellos que gozarán de la amnistía?

En lo penal:

  • Dejar sin efecto la responsabilidad penal y brindar la liberación inmediata de prisión.
  • Eliminación de antecedentes penales.
  • Cancelación de todas las órdenes de búsqueda y captura.
  • Fin de medidas cautelares relacionadas a las acciones secesionistas o independentistas mencionadas.

En lo administrativo:

  • Fin de todo procedimiento administrativo con responsabilidad en los actos mencionados.
  • Fin de medidas cautelares. 
  • Reactivación de derechos relacionados al empleo público y reincorporación a su plaza.
  •  Eliminación de notas desfavorables en la administración pública.

En lo Civil y Contable: 

  • Fin de todo procedimiento con responsabilidad civil y contable en el Tribunal de Cuentas sin sentencia firme y ejecutada.

Si deseas acceder a la ley oficial entra a la página oficial del Congreso de Diputados en https://www.congreso.es/es/

Para más noticias sobre política síguenos en nuestras redes sociales y visítenos en https://liberprensa.com/

  1. A) Atentados contra la vida de una persona B) Contra su integridad física C) Secuestro o toma de rehenes D) Destrucción masiva de instalaciones estatales o públicas, infraestructura, plataformas fijas en la plataforma continental, lugares públicos o privados, que puedan poner en peligro vidas o generen un gran perjuicio económico E) Apoderamiento ilícito de transporte y mercancía. F) Fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de explosivos o armas de fuego, armas químicas, biológicas, radiológicas o nucleares. Como la investigación de armas químicas biológicas, radiológicas o nucleares. G) Liberación de sustancias peligrosas o provocación de incendios, inundaciones o explosiones que ponga en peligro la vida humana. H) Perturbación o interrupción del suministro de agua, electricidad u otro recurso natural básico que ponga en riesgo la vida human I)Infracción de datos y sistemas informáticos significativo operado por un grupo delictivo y creando un daño económico significativo J) La amenaza de cometer los actos enumerados de la A a la I. ↩︎

Deja un comentario

Liberprensa

Un medio comprometido con la libertad de expresión. En su edición, temario y redacción.

~La nueva forma que informa